Becas y ayudas
Ayudas para alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo
La edad y el tipo de centro
La necesidad de apoyo educativo
La situación económica
No exigimos requisitos académicos
Tienes que cumplir los siguientes requisitos, referidos al curso 2024 - 2025:
Apoyo educativo | Requisitos |
---|---|
Alumnado con discapacidad, trastorno grave de conducta, trastorno grave de la comunicación o del lenguaje o trastorno del espectro autista |
|
Alumnado con altas capacidades |
|
Para justificar la necesidad de apoyo educativo deberás presentar alguno de los siguientes documentos:
Apoyo educativo | Documentos |
---|---|
Alumnado con discapacidad |
|
Alumnado con trastorno grave de conducta o trastorno grave de la comunicación o del lenguaje |
Alguno de los dos siguientes:
|
Alumnado con trastorno del espectro autista |
Los dos siguientes:
|
Solo si necesitas ayudas para la reeducación pedagógica y/o del lenguaje, deberás tener, además, los siguientes documentos. Todos ellos son necesarios y deberán ajustarse al modelo que conseguirás al imprimir la solicitud |
|
Alumnado con altas capacidades |
|
Existen algunas excepciones y matices que no hemos incluido en este resumen de requisitos. Si tienes dudas sobre tu caso, contacta con nosotros o lee la convocatoria de estas ayudas cuando se publique.
En este apartado, valoramos la situación económica de tu unidad familiar durante el año pasado (es decir, en el ejercicio 2023). Tenemos en cuenta la renta obtenida y, además, elementos relacionados con el patrimonio, como los rendimientos del capital, las ganancias patrimoniales o los inmuebles de los que seáis propietarios.
Ten en cuenta que no podrás recibir una ayuda si tu unidad familiar se encuentra en alguna de estas cuatro situaciones:
Supera el límite o umbral de renta que se establecen en la convocatoria.
Los rendimientos netos del capital mobiliario más las ganancias patrimoniales de la unidad familiar son superiores a 1.700 euros durante el año 2023.
Los valores catastrales de las propiedades inmobiliarias distintos de la vivienda habitual superan los límites establecidos en la convocatoria.
Los ingresos procedentes de actividades económicas o participación en entidades superan los 155.500 euros durante 2023.
En los requisitos económicos contamos la renta anual de todos los miembros computables de tu unidad familiar. El límite (umbral) de renta se publica cada año en el llamado decreto de umbrales.
Para tener derecho a recibir las ayudas, tu unidad familiar no debe superar la renta anual que marca la tabla. Por ejemplo, si tu familia la formáis 4 personas y la renta familiar es menor que 31.801 € al año, tendrías derecho a recibir las ayudas.
Miembros computables en la familia | Umbral €/año |
---|---|
1 PERSONA |
12.534,00 |
2 PERSONAS |
20.416,00 |
3 PERSONAS |
26.811,00 |
4 PERSONAS |
31.801,00 |
5 PERSONAS |
36.089,00 |
6 PERSONAS |
40.229,00 |
7 PERSONAS |
44.143,00 |
8 PERSONAS |
48.031,00 |
Si no cumples los requisitos económicos para recibir ayudas, puedes recibir ciertos subsidios siempre que cumplas el resto de requisitos.
En este apartado valoramos la situación económica de tu unidad familiar durante el año pasado (es decir, en el ejercicio 2023). Tenemos en cuenta la renta obtenida y, además, elementos relacionados con el patrimonio, como los rendimientos del capital, las ganancias patrimoniales o los inmuebles de los que seáis propietarios.
Ten en cuenta que no podrás recibir una ayuda si tu unidad familiar se encuentra en alguna de estas cuatro situaciones:
Supera el límite o umbral de renta que se establecen en la convocatoria.
Los rendimientos netos del capital mobiliario más las ganancias patrimoniales de la unidad familiar son superiores a 1.700 euros durante el año 2023.
Los valores catastrales de las propiedades inmobiliarias distintos de la vivienda habitual superan los límites establecidos en la convocatoria.
Los ingresos procedentes de actividades económicas o participación en entidades superan los 155.500 euros durante 2023.
En los requisitos económicos contamos la renta anual de todos los miembros computables de tu unidad familiar. El límite (umbral) de renta se publica cada año en el llamado decreto de umbrales.
Para tener derecho a recibir las ayudas, tu unidad familiar no debe superar la renta anual que marca la tabla. Por ejemplo, si tu familia la formáis 4 personas y la renta familiar es menor que 31.801 € al año, tendrías derecho a recibir las ayudas.
Miembros computables en la familia | Umbral €/año |
---|---|
1 PERSONA |
12.534,00 |
2 PERSONAS |
20.416,00 |
3 PERSONAS |
26.811,00 |
4 PERSONAS |
31.801,00 |
5 PERSONAS |
36.089,00 |
6 PERSONAS |
40.229,00 |
7 PERSONAS |
44.143,00 |
8 PERSONAS |
48.031,00 |
Existen algunos detalles que no hemos incluido en este resumen de requisitos. Si tienes dudas sobre tu caso,