La tramitación de las ayudas de apoyo educativo es algo diferente, así que es mejor que lo consultes en sus páginas
Alegaciones
SubirLas alegaciones son los argumentos con los que justificas que no estás de acuerdo con la resolución de la beca por algún error en tus datos o en el procedimiento. Cada vez que te enviemos una notificación, te indicaremos en ella la forma y el plazo para presentar alegaciones, si no estás de acuerdo con dicha notificación. Por eso es muy importante que leas muy detenidamente las notificaciones.
Convocatoria
SubirEs el documento que establece las normas legales que regulan el proceso. Informa de los requisitos, las cuantías y el procedimiento.
Cuantía: fija y variable
SubirLa beca general se compone de dos cantidades: fija y variable. Tienes que cumplir una serie de requisitos para tener derecho a una o a las dos.
Decreto de umbrales
SubirEs la norma que fija cuáles son los límites de renta familiar y las cuantías que tendremos en cuenta para conceder las becas. En la convocatoria se vuelve a recoger esta misma información, junto con los demás requisitos y normas que te interesan.
Notificación
SubirEs un texto oficial por el que te comunicaremos cuestiones importantes relacionadas con tu solicitud (petición de documentos o la resolución provisional, y en el caso de la ayuda de apoyo educativo, también la resolución definitiva). Por correo electrónico te avisaremos de que tienes una notificación en la sede electrónica, pero de todas formas es muy conveniente que entres en ella periódicamente.
Las notificaciones son muy importantes.Salto de línea Te recomendamos que las consultes una vez por semana, como mínimo, hasta que tu beca esté resuelta: en ellas te informaremos sobre todo lo referente a la tramitación de tu beca.Salto de línea Si no lo haces, corres el riesgo de que se te pasen los plazos para entregar algún documento más que te pidamos o para ejercer tus derechos de reclamación.Salto de línea
Para consultar mis notificaciones
Tienes que acceder a la sede electrónica y escoger esa opción. Puedes acceder en todo momento a todas las notificaciones y descargarlas. Verás cuatro apartados.
NOTIFICACIONES NUEVAS
Son las que aún no has consultado. Te recomendamos que las leas en primer lugar y entres con frecuencia en este apartado.
NOTIFICACIONES VISTAS
Las que has visto o descargado en otro momento. Al día siguiente de acceder a ellas empieza a contar el plazo que se especifique en la notificación para presentar documentos o alegaciones.
NOTIFICACIONES CADUCADAS
Son aquellas que llevan más de diez días naturales en tu buzón, pero no las has visto o descargado. En el momento en que pasan a notificaciones caducadas (es decir, después de esos diez días), se consideran legalmente como comunicadas y empieza a contar el plazo especificado en la notificación para presentar documentos o alegaciones. Es importante que revises este apartado, ya que el contenido de estas comunicaciones sigue siendo válido, y puede que aún no se te haya pasado el plazo para reclamar o presentar documentos, si es que tienes que hacerlo.
NOTIFICACIONES RECHAZADAS
Son las que has rechazado. En el momento del rechazo, se consideran legalmente como comunicadas.
¿Qué ocurre si no he leído alguna «notificación»?
Si no lees la notificación, corres el riesgo de que se te pasen algunos plazos importantes para los siguientes casos:
PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN QUE TE SOLICITEMOS
Tendrás 10 días hábiles (sin contar sábados, domingos y festivos) a partir del día siguiente a la fecha en que has leído o descargado la notificación. Es decir, si ves la información pasados esos días, ya no podrás presentarla.
PRESENTAR ALEGACIONES
Si en la notificación te dan la opción de alegar, tendrás el plazo indicado en dicha notificación para presentar alegaciones. Es decir, si ves la información cuando haya pasado el plazo, ya no podrás presentar alegaciones.
En todo caso, en la notificación que recibas se te indicará el plazo.
Lee atentamente las indicaciones que se te darán para alegar.
Por ello, te recomendamos que tengas en cuenta esos plazos y consultes tus «notificaciones» con frecuencia hasta que el trámite de tu beca esté resuelto.Salto de línea Consulta, incluso, el apartado «caducadas».
Recurso de reposición
SubirEs una solicitud que se dirige a un órgano administrativo para reclamar una cuestión con la que no estás de acuerdo. En este caso, si no estás de acuerdo con la resolución definitiva de la beca, tienes derecho a presentar un recurso de reposición. El plazo es de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la resolución definitiva.
Sede electrónica
SubirEs la plataforma digital en la que discurre todo el proceso de la beca: rellenar el formulario, presentar la solicitud, recibir las notificaciones.
Tramitación
SubirEs todo el proceso desde que se presenta la beca, pasando por su valoración o estudio, hasta que se resuelve.Salto de línea Cuando hayas rellenado el formulario, el proceso de solicitud de beca puede pasar por varios estados:
Borrador
Presentada
En trámite en la Unidad de Becas
Pendiente de documentación solicitada
En trámite en el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Resuelta
La resolución definitiva:
Estados de tramitación de la beca
BORRADOR
Significa que has rellenado el formulario, pero que no ha quedado presentada la solicitud de beca. Esto ha podido suceder porque:
Ten en cuenta que en este estado la beca no está presentada y no podremos tramitarla.
PRESENTADA
Significa que has presentado la solicitud de forma correcta y la tramitaremos.
EN TRÁMITE EN LA UNIDAD DE BECAS
Tu solicitud está en trámite en la Unidad de Becas que te corresponde, donde revisarán y completarán la información y comprobarán si cumples algunos de los requisitos.
PENDIENTE DE DOCUMENTACIÓN SOLICITADA
Significa que hay documentación que tienes que presentar, aunque no es lo más frecuente.
EN TRÁMITE EN EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES
En este estado comprobamos los requisitos económicos (renta, inmuebles, patrimonio, etc.) y qué cuantías te podrían corresponder si cumples con todos los requisitos.
RESUELTA
Esto significa que tu solicitud se ha podido denegar o conceder. En este caso, te informaremos, además, de en qué fase se encuentra, por ejemplo, si está resuelta con cuantía fija, posteriormente con cuantía variable, abonada en la cuenta corriente, etc. Dependerá de cada caso.
En este momento, tienes que entrar en la sede electrónica y descargarte la notificación: si no estás de acuerdo con la resolución provisional, podrás reclamar presentando alegaciones.
Resolución definitiva
SubirEsta resolución confirmará la cuantía total de la beca que te hemos concedido. No la notificaremos de forma individual a cada estudiante (salvo en el caso de la ayuda de apoyo educativo, en la que sí se hará) ni aparecerá en la sede electrónica, sino que publicaremos un listado definitivo en nuestra página web.
Umbral
SubirEs el límite máximo de renta familiar establecido para fijar el derecho a beca o a determinados componentes.
Unidad de Becas
SubirUna vez presentada, la solicitud de beca queda a disposición de una unidad tramitadora (en adelante las llamaremos Unidades de Becas). Estas unidades son:
Las Unidades de Becas comprueban datos personales, de familiares, sobre requisitos generales y aportan datos de tipo académico necesarios para resolver la solicitud. Pueden solicitar documentación en caso de duda.
En una fase posterior, las solicitudes pasan al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, que completa la verificación de los requisitos de tipo económico. Esta información la obtenemos a través de la Administración Tributaria.
La Unidad de Becas está relacionada con el centro educativo donde vas a estudiar.
En el justificante de presentación de tu solicitud aparecen los datos de contacto de tu unidad.
Unidad familiar
SubirLos tipos de unidad familiar y miembros computables que recoge la convocatoria de becas son varios. Los explicamos a continuación.
Los miembros de la unidad familiar son:
Los miembros de la unidad familiar tienen que vivir en el mismo domicilio a fecha 31 de diciembre de 2023.
Los miembros de una unidad familiar independiente son:
Los miembros que cuentan como unidad familiar en caso de divorcio o separación legal de los padres son:
La convocatoria considera también como miembros computables a aquellas personas que a 31 de diciembre de 2023 residan en el domicilio del estudiante que solicita la beca y que:
Si tu caso no está recogido entre los anteriores, selecciona el más parecido y explica tu situación en el apartado de «Observaciones», en la última página del formulario.